La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) es el organismo que nos regula y concede la autorización (cédula) para ser Agente de Seguros.
Usualmente el nuevo agente se conecta con una promotoría en una compañía de seguros y ahí mismo se tramita la primer cédula, es una provisional que dura 18 meses durante los cuales usted sólo puede operar para una sola compañía.
Esto es bueno, tiene mucho trasfondo. Déjese seducir que no es matrimonio.
Luego tramitará una cédula definitiva que se refrenda cada 3 años y ahora puede operar con cuantas compañías de seguros quiera, siempre que ellas también.
Las primeras dos cédulas (provisional y definitiva) son tipo “A” para los seguros de líneas personales, esto es, los seguros individuales de vida, gastos médicos, autos y casa habitación.
Después puede optar para la cédula “B” líneas empresariales y así además podrá tramitar los seguros de grupo, colectivos, flotillas y seguros de bienes empresariales.
Le sugiero que así mismo, en esa secuencia sea su desarrollo en esta actividad, aunque usted podría acudir a la CNSF (www.cnsf.gob.mx)a tramitar la cédula que guste (previo examen).
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